Si el resultado de la revisión es favorable, la documentación se entrega al titular de manera inmediata.
Todas las licencias y los taxis del ámbito competencial regulado por el AMB deben ser objeto de una revisión metropolitana ordinaria anua, en el caso de vehículos de hasta 10 años, y de dos para los de más de 10 años.
El artículo 32 del Reglamento Metropolitano del Taxi, aprobado el 22 de julio de 2004, establece la obligación que todas las licencias y los taxis del ámbito de aplicación del Reglamento sean objeto de una revisión metropolitana ordinaria anual (los vehículos de más de 10 años tienen deben pasarla cada dos al año).
Esta revisión tiene por objeto:
Para pasar la revisión metropolitana favorablemente es requisito indispensable que el vehículo y el taxímetro hayan pasado correctamente las revisiones preceptivas realizadas por los servicios que dependen de los departamentos competentes en esta materia de la Generalitat de Catalunya.
La revisión metropolitana se hace en las estaciones de ITV de Badalona y de Sant Just Desvern.
¿Qué aspectos se revisan?
La revisión metropolitana se efectúa siguiendo un manual de procedimiento de revisión metropolitana aprobado por el Instituto Metropolitano del Taxi. Este manual identifica la documentación, los elementos y los equipos del vehículo que deben ser inspeccionados, describe el método de inspección de cada uno y define los criterios que permiten evaluar si la documentación, el elemento o el equipo están en condiciones aceptables.
La revisión metropolitana consiste, pues, en el control de la documentación y de los puntos principales del vehículo, agrupados en los cuatro puntos de inspección siguientes:
Documentación a presentar día revisión:
A la revisión metropolitana deberá ir personalmente el titular de la licencia o el administrador, o el apoderado en el caso de persona jurídica.
La revisión se debe pasar anualmente o cada seis meses en el caso de vehículos de más de 10 años.
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