Territoriales

El AMB tiene competencias en tres ámbitos: ordenación del territorio, urbanismo e infraestructuras de interés metropolitano.

Ordenación del territorio
  • Participación en la formulación y tramitación del Plan territorial general de Cataluña.
  • Participación en la redacción y el seguimiento de los planes territoriales parciales que afecten su ámbito y de los planes territoriales sectoriales que afecten sus competencias.
  • Formulación de planes, cartas y programas de protección, gestión y ordenación del paisaje.
Urbanismo
  • Ordenación urbanística integrada del territorio metropolitano mediante el Plan director urbanístico metropolitano (PDUM) y el Plan de ordenación urbanística metropolitano (POUM). La iniciativa de formulación y las aprobaciones inicial y provisional de ambos planes y de sus modificaciones posteriores corresponden al AMB.
  • Participación en la Comisión de Urbanismo del Área Metropolitana de Barcelona.
  • Formulación y aprobaciones inicial y provisional de los programas de actuación urbanística plurimunicipales.
  • Formulación y aprobación de figuras de planeamiento derivado de interés metropolitano o que afecten varios municipios.
  • Gestión urbanística del PDUM y el POUM, con carácter de administración competente y actuante.
  • Protección de la legalidad urbanística por delegación de los municipios o sustitución de la competencia municipal. Ejercicio de la potestad sancionadora, cuando corresponda.
  • Cooperación y asistencia técnica jurídica y económica a los municipios en materia de planificación, programas de actuación, proyectos y obras, y disciplina urbanística.
Infraestructuras de interés metropolitano
  • Realización y gestión de infraestructuras vinculadas a la movilidad, los parques, las playas, los espacios naturales, los equipamientos, las dotaciones, las instalaciones y los servicios técnicos medioambientales y de abastecimiento.
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